-
¿Por qué medios puedo realizar el pago de mis Aportes o cuotas de préstamo?
- Directamente en nuestra oficina con pago en efectivo o por datáfono.
- En el Banco Popular: Cuenta Corriente No. 110090226747.
- En el Banco Colpatria: Cuenta Ahorros No. 3108783403 (Formato de recaudo empresarial).
- En el Banco de Bogotá: Cuenta Corriente No. 449030543
- Importante: Para registrar de forma adecuada y rápida los pagos, recomendamos a nuestros Asociados enviar por whatsapp (313 452 42 03) o por correo electrónico ([email protected]) el comprobante de consignación y confirmar que se recibió en Coopcrediquintas.
-
¿Puedo cruzar mis Aportes con las deudas que tengo en la Cooperativa?
- Únicamente puede cruzar sus Aportes con los saldos que debe a la Cooperativa, cuando solicite el retiro como Asociado. No están permitidos abonos parciales con Aportes a la deuda que tiene el Asociado en la Cooperativa.
- Este cruce de cuentas se realiza una vez que el valor del saldo de la deuda no supera el valor de los Aportes que tiene el Asociado.
-
¿Cuales créditos requieren codeudor y cuales garantía real?
- Cuando no supere el 100% del valor de sus Aportes, solo se exigirá pignoración de Aportes.
- Cuando supere el 100% del valor de los Aportes del solicitante se requiere pignoración de Aportes y codeudor(es), así:
- Para montos hasta 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes las garantías serán fijadas por el organismo que apruebe la operación y que amparen suficientemente el préstamo.
- Para montos superiores a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes, las garantías serán fijadas por el organismo que apruebe la operación y que amparen suficientemente el préstamo, bien sean garantías personales o reales como prendas e hipotecas de bienes raíces.
-
Si me retiro de la Cooperativa, ¿en cuánto tiempo puedo afiliarme de nuevo?
- Después de 90 días de retiro y el Asociado ingresa como nuevo cumpliendo con los requisitos establecidos en el Estatuto y consignando el 10% de los Aportes que tenía en el momento de su retiro.
-
¿Con un nuevo crédito puedo recoger o cancelar el saldo de otro crédito?
- Si es de la misma línea debe recoger el saldo pendiente, si es de otra línea debe cumplir los requisitos establecidos.
-
¿Debo cancelar saldos de créditos vigentes para solicitar uno nuevo?
- No, solo cuando la cuota del crédito vigente afecte la capacidad de pago del solicitante. Cuándo un Asociado solicite un nuevo crédito de la misma línea debe haber amortizado por lo menos el 50% del mismo excepto el préstamo para vivienda que debe haber amortizado el 80%
-
¿Puedo hacer abonos extraordinarios a mis Aportes en la Cooperativa?
- Sí, y se tienen en cuenta para un nuevo crédito inmediatamente después de haber realizado el abono.
-
Cuando cancelo un crédito por anticipado ¿la Cooperativa me hace devolución de intereses?
- Los intereses que se cobran son vencidos sobre saldos, por lo cual no hay derecho a devolución de intereses, pero sí tenemos un beneficio de descuento por pronto pago sobre el valor de los intereses si está al día en todas sus obligaciones y aportes.
-
¿Cuándo puedo refinanciar un crédito?
- Se puede tener como alternativa de solución al Asociado que tenga créditos vencidos en más de 90 días por una sola vez siempre y cuando el deudor ofrezca mejoramiento de las garantías y demuestre suficiente capacidad de pago.