Solidaridad

Este Comité junto al de Educación, está establecido en la Legislación Cooperativa y sus funciones son de obligatorio cumplimiento. En todos los casos sus determinaciones están sujetas a las normas vigentes y el aval del Consejo de Administración.

El Comité de Solidaridad cuenta con recursos económicos provenientes del aporte anual del 10% de los excedentes liquidados por la Cooperativa; además puede contar con aportes extraordinarios autorizados por la Superintendencia de Economía Solidaria o Consejo de Administración.

Estos recursos están destinados a suplir algunas de las necesidades de los Asociados y de sus familiares, por medio del otorgamiento de auxilios exigidos por la ley como son: Nacimiento, defunción y calamidad domestica comprobada. De igual manera este Comité puede establecer convenios con entidades que presten beneficios solidarios a los asociados, como los demás que actualmente tiene disponibles como son:

  • Auxilio por Optometría*
  • Auxilio por Tratamientos Dermatológicos*
  • Auxilio por Tratamientos Odontológico*

*Aplican condiciones

El Comité está integrado por un miembro del Consejo de Administración y tres (3) Asociados quienes estudian, analizan y aprueban el otorgamiento de los auxilios antes mencionados.

Contáctenos: [email protected] Conoce todos los beneficios solidarios pensados para ti y tu familia:

Nacimiento

Auxilio monetario por cada hijo nacido, equivalente a un (1) smmlv.

Aplican condiciones para la aprobación de estas solicitudes, como antigüedad en la Cooperativa y encontrarse al día en Aportes y en obligaciones de crédito.

Defunción

A. Auxilio por Asociado Fallecido. Por el fallecimiento de asociado, ocurrido a partir de la fecha de expedición del presente Acuerdo, se otorgará un auxilio equivalente a un (1) salario mínimo mensual legale vigente (S.M.M.L.V)

B. Por familiares fallecidos únicamente de: el cónyuge, los padres y los hijos menores de 18 años afiliados o no afiliados, menores de 25 años que aún estén estudiando y los mayores que por incapacidad dependan económicamente del asociado, ocurrido a partir de la fecha de expedición del presente Acuerdo, se otorgará un auxilio equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV)

C. Para Asociados vinculados al convenio de seguros exequiales

Por el fallecimiento de Asociado y de quienes integren su plan exequial, el auxilio será el equivalente a (1) un salario mínimo mensual legal vigente; únicamente en los casos que estos integrantes sean además asociados a la Cooperativa, es decir que los integrantes del plan exequial no Asociados a las Cooperativa no serán beneficiarios del auxilio.
En ningún caso se otorgara el auxilio aquí mencionado por fallecimiento de familiares no asociados que formen parte del plan exequial.

Se debe consultar el reglamento vigente en el momento del evento

Tratamiento odontológico

Auxilio monetario para pago de tratamientos odontológicos tomados por el Asociado. Hasta por el 8% del smmlv. Se otorgará este auxilio una (1) vez al año.

Aplican condiciones para la aprobación de estas solicitudes, como antigüedad en la Cooperativa y encontrarse al día en Aportes y en obligaciones de crédito.

Optometría

Auxilio monetario para compra de gafas, monturas o lentes de contacto. Hasta por el 8% de smmlv. Se otorgará este auxilio una (1) vez al año.

Aplican condiciones para la aprobación de estas solicitudes, como antigüedad en la Cooperativa y encontrarse al día en Aportes y en obligaciones de crédito.

Tratamiento dermatológico

Auxilio monetario para tratamientos dermatológicos. Hasta por el 8% del smmlv. Se otorgará este auxilio una (1) vez al año.

Aplican condiciones para la aprobación de estas solicitudes, como antigüedad en la Cooperativa y encontrarse al día en Aportes y en obligaciones de crédito.

Auxilio educativo

Menores de edad que estén estudiando y certifiquen escolaridad, reciben bono escolar con la Gran Manzana.

Aplican condiciones para la aprobación de estas solicitudes, como antigüedad en la Cooperativa y encontrarse al día en Aportes y en obligaciones de crédito.

Auxilio a la Deuda

Auxilio de Deuda para los Asociados mayores de 70 años, el cual podrá ser hasta el veinte por ciento (20%) sobre el valor de la deuda en Coopcrediquintas, sin que este valor sea superior a seis (6) smmlv para las siguientes.

Aplican condiciones para la aprobación de estas solicitudes, como antigüedad en la Cooperativa y encontrarse al día en Aportes y en obligaciones de crédito.

Calamidad

Auxilio monetario de hasta el 20% del valor por calamidad comprobada por cuantías superiores a seis (6) smmlv en calamidades como:

Terremoto o tsunami y que sus vivienda
haya sido afectadas.
Incendio de la residencia del asociado.
Inundación de la vivienda del asociado.
Accidente grave que incluya hospitalización con o sin intervención quirúrgica; o costosos y cuando no estén cubiertos por el sistema de salud.
Actos bélicos que afecten la vivienda

Aplican condiciones para la aprobación de estas solicitudes, como antigüedad en la Cooperativa y encontrarse al día en Aportes y en obligaciones de crédito.

Pagos seguros en línea
Agenda una cita con Gerencia